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viernes, 20 diciembre 2024

El embrollo jurídico de la amnistía

EspañaEl embrollo jurídico de la amnistía

El artículo 62, letra i) de la Constitución establece con una claridad meridiana que corresponde al rey «ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales».

A partir de aquí las peticiones de los independentistas catalanes exigiendo una amnistía para todos los que fueron condenados por una u otra razón a raíz de los hechos acaecidos alrededor del uno de octubre de 2017, en el falso referéndum de independencia de Cataluña, han puesto al Partido Socialista en una situación complicada. Para el PSOE no sólo es complicado desde el punto de vista político tener que explicarle a los ciudadanos que van a pasar a ser ciudadanos de segunda mientras que un grupo selecto de delincuentes pasan a ser ciudadanos de primera y quedan al margen de la obligación de cumplir las leyes. Las manifestaciones que vimos ayer en toda España contra la amnistía en particular y contra el sanchismo en general, deja bien a las claras que esa manera de actuar no puede tener mucho recorrido porque acabaría llevando al PSOE y a todos los que sigan ese camino a su propia destrucción por la vía política o por la vía de la destrucción de España con todas sus consecuencias.

En lo jurídico el asunto es igual de complicado. En principio parece ser que Pedro Sánchez  garantizó a los independentistas catalanes que la amnistía contaría con el beneplácito del Tribunal Constitucional, de forma que aunque algún tribunal de menor rango judicial pudiese oponerse a la ley, al final sería convalidada por Conde-Pumpido y sus secuaces.

Sin embargo, no todo es tan sencillo y para evitar la flagrante inconstitucionalidad de la ley, parece que Conde-Pumpido ha elaborado una retorcida estrategia que tiene dos partes.

Por un lado, para evitar el escollo de la norma constitucional que impide que impide los indultos generales, lo que establecería la ley de amnistía sería un principio de legalización de todos los hechos que en principio fueron ilegales relacionados con el referéndum y que los jueces aplicarían estarían obligados a aplicar caso por caso, de modo que a cualquier condenado o fugitivo, nótese aquí de lo de fugitivo, le bastaría con dirigirse a un tribunal presentar su caso y el juez tendría automáticamente que eximirle de cualquier responsabilidad penal en que hubiesen incurrido por la el referéndum la declaración de independencia y todos los sucesos violentos o no que ocurrieron alrededor del prusés.

En segundo lugar, previendo ya que la norma por supuesto que iba a ser recurrida por una inmensa mayoría de las instituciones democráticas españolas no controladas por el PSOE y sus compinches, Conde-Pumpido había preparado ya una argumentación para convalidar la ley. Según esa estrategia, la ley de amnistía sería constitucional en base a un nuevo principio de urgencia que permitiría al gobierno o al legislativo dictar leyes que no cumpliesen la Constitución por dictarse en casos excepcionales que requieran medidas poco ortodoxas. Esto que parecería una justificación hábil, en realidad es el colmo de la ilegalidad: se estaría aceptando que cualquier gobernante puede saltarse la ley cuando existan circunstancias excepcionales que justifiquen su actuación. ¿Y entonces para qué sirven las leyes?

Por supuesto, es absolutamente escandaloso que hayamos pasado a admitir como algo normal que la actuación de los miembros del Tribunal Constitucional esté sometida a la disciplina de un partido político. Es increíblemente inaudito que las personas que tienen que decidir si las normas se ajustan a la letra y al espíritu de la Constitución sean unos mercenarios de baja estofa dispuestos a tragar con todo lo que les manden desde el partido.

Pero el mayor problema jurídico con el que se encuentran ahora mismo los socialistas y sus socios independentistas es que al tratarse de una ley que los tribunales tendrán que aplicar individualmente a cada uno de los afectados, ninguno de ellos podrá exigir automáticamente su aplicación (cosa que sí ocurriría en una aministía normal) y se abrirá una ventana para que los tribunales españoles que tengan que aplicar la planteen ante la justicia europea una cuestión previa que permita a los tribunales europeos dirimir si un estado miembro puede dictar leyes que exculpen a criminales condenados en el manejo de fondos públicos que pudieran haber tenido origen en la Unión Europea. Esto, independientemente de quién ganase al final, retrasaría varios años la aplicación de la ley y retendría a Puigdemont en Bruselas, donde poco a poco volvería a ser tan irrelevante como era hace seis meses.

De todas maneras la presión popular sigue aumentando y está por ver si Pedro Sánchez consigue finalmente la investidura, primero, y si consigue después aprobar la ley de amnistía. Incluso aunque hicieran estas dos cosas, si el malestar popular llega a transformarse en verdaderas revueltas, cosa que no descarto, habría que ver hasta dónde se puede sostener un gobierno que depende del voto de demasiados artistas del trinque y al que va a llegar un momento en el que no le va a quedar nada por repartir para ir comprando voluntades.

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